El presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, Manuel Iturbe Alarcón, aclaró que solo las empresas designadas y notificadas por el Seniat pueden cobrar el impuesto a las transacciones en dólares.
Explicó que este impuesto se cobra a los denominados contribuyentes especiales y que estos son aquellos que el Seniat considera así, los cuales son informados por la autoridad tributaria que están obligados a cobrar este impuesto.
Indicó que esos casos, las personas que acuden a esas empresas y adquieren algún bien, están obligados a pagar este impuesto de 3%.
Iturbe dijo que están a la espera de mesas técnicas ofrecidas por el Gobierno para aclarar otros temas sobre este impuesto, como lo que se hará para la actualización de las máquinas fiscales y su financiamiento.
Iturbe advierte que mucha gente se podría volcar a los mercados que hay en las redes para evadir este impuesto.
Cactus24 20-04-22