Tras ser aprobada este jueves por los diputados a la Asamblea Nacional (AN) la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, economistas y analistas financieros calificaron la decisión como «una de las peores», dada la implicación que podría tener sobre la economía del país.
El analista financiero y directivo de la Cámara de Comercio e Industria del municipio Caroní del estado Bolívar (Camcaroní), Camilo London, afirmó que esta aprobación se realizó sin que se haya cumplido con lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Nacional que obliga a la consulta pública para oír a los ciudadanos y la sociedad organizada.
Cabe destacar que la normativa aprobada estipula una alícuota del 3% a las operaciones que involucren pago mediante divisas o criptoactivos que no sean el petro.
«Resulta algo perverso que un chamo que se ‘parte el lomo’ en el extranjero para mandar remesas a sus padres en el país, tenga ahora que pagar un 3% por cada dólar que estos usen en comida y otros gastos», dijo.
Estimó que la otra opción será que las personas compren bolívares al Banco Central de Venezuela (BCV) para evitar pagar el 3% de la alícuota.
Por su parte, el economista y gerente de Operaciones de Econométrica, Alejandro Castro, criticó que no haya un asesor económico en el alto Gobierno que no sugiriera vehementemente el no aprobar la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.
Aseveró que esta medida «es de las peores» en materia económica que se haya tomado recientemente en el país.
«Creer que puedes aumentar infinitamente la alícuota de impuestos implica, sí o sí, un incremento en la recaudación de tributos es una ingenuidad, por no decir menos», destacó.
Mientras el abogado y contador público, José Javier García, enumeró que de haberse aprobado en los términos en que estaba el borrador sujeto a discusión:
1.- No hubo la consulta prevista en el artículo 211 de la Constitución Nacional.
2.- Se amplía el universo de contribuyentes, incluyendo a las personas naturales.
3.- Se espera un impacto inflacionario / incremento de precios a ser soportado por los consumidores finales.
4.- Queda pendiente confirmar la forma de recaudación del tributo a ser causado por los nuevos contribuyentes, vía declaración propia o vía agentes de percepción.
Cactus24//04-02-2022