domingo, diciembre 22, 2024
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TSJ radica en Caracas juicio a presuntos traficantes de droga de Paraguaná

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia del presidente del Alto Juzgado, magistrado Maikel Moreno, ordenó radicar en el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas la causa que se le sigue a los presuntos involucrados en el caso conocido como cartel de Paraguaná.

La sentencia detalla que los investigados son: Emilio Enrique Martínez, Héctor Ramón Martínez, Ángel Alberto Martínez, Delso De Jesús Martínez, Beryoris Irene Martínez Valles, Mariángela Martínez Márquez, Zaidubys Omaira Marin y Jorge Luis Martínez, por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, a título de coautores; legitimación de capitales y asociación, previstos y sancionados en la legislación penal venezolana.

Así lo indica la sentencia N° 19-2020 de la mencionada Sala del TSJ, en la cual se declaró ha lugar la solicitud de radicación, propuesta por el Ministerio Público, de la causa penal cursante en el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón seguida a estas personas.

Precisa el fallo que todos los señalados en el caso integraban la Fundación Carmen Virginia Martínez, establecida en el sector de Carirubana, estado Falcón, y presuntamente están vinculados al tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, legitimación de capitales y asociación.

Tras recordar que la institución de la radicación permite garantizar la tutela judicial efectiva y la protección del derecho a obtener una justicia expedita, sin dilaciones indebidas y con sujeción a los principios de idoneidad, transparencia e independencia del órgano que juzga, la Sala consideró que, en aras de asegurar una correcta administración de la justicia, lo ajustado a derecho fue sustraer la causa con el propósito de resguardar la paz y seguridad de las partes involucradas, asegurando así la finalidad del proceso penal de manera equitativa y con respeto a las garantías constitucionales y legales inherentes al proceso penal establecidos en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Np TSJ

CACTUS24 29-07-20

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