El cantante Julio Iglesias recurrió la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia, por la que se le reconoció como padre biológico del valenciano Javier Sánchez, cuya demanda estimó al poner de relieve, entre otras cuestiones, que el intérprete se había negado a someterse a la prueba de ADN y el parecido existente entre ambos.
Fernando Falomir, abogado de Julio Iglesias, argumenta el recurso basándose básicamente en que consideran que se trata de un asunto ya juzgado, en que no ha existido una negativa injustificada del cantante a someterse a la prueba de ADN y en que no consideran que las pruebas en las que se basa el fallo tengan entidad jurídica suficiente, según el abogado del artista.
Tras conocerse la sentencia, el abogado ya avanzó el recurso asegurando que ese fallo daba un valor «casi total» a la negativa del cantante a someterse a la prueba de ADN.
Falomir considera que «la cuestión objeto de debate ha sido resuelta ya por los tribunales», por lo que «no procede discutir de nuevo» sobre ello. Apunta también que el juez «parte de la base de que ha habido una negativa de Iglesias a realizarse la prueba de ADN».
«Es la base fundamental de la sentencia. La ley dice que la negativa injustificada a someterse a la prueba podrá llevar al tribunal a considerar la paternidad siempre y cuando concurran además algunos otros indicios. Negativa no ha habido porque Iglesias en su momento se negó en las circunstancias en las que se acordó por parte del juzgado», dijo en referencia a su intención de esperar a que se resolviera la cuestión de cosa juzgada.
«Nosotros decimos que se ha planteado una cuestión procesal de cosa juzgada, que resolviera y si tras esta resolución lo acordaba, se sometería. No es una negativa total y completa. No hay una negativa y mucho menos injustificada. Tampoco hay indicios, solo unas fotografías y el parecido físico, que no son argumentos jurídicos», detalló.
De esta forma, la defensa del intérprete sigue la decisión del fiscal, que también presentó en julio un recurso de apelación contra la sentencia al entender que, por contra, en la demanda de Javier Sánchez Santos sí existía cosa juzgada, por lo que reclamaba que se acordara el sobreseimiento del procedimiento.
La defensa del valenciano reconocido en primera instancia como hijo del cantante, el abogado Fernando Osuna, asegura que su cliente no tiene «miedo» al recurso porque sus «puntos fuertes» son que el ADN le da la razón; que no existe cosa juzgada; que el tiempo «juega en contra» del intérprete; que la doctrina del Supremo ha cambiado «mucho» en favor de los hijos no reconocidos y el «evidentísimo» parecido de ambos, entre otros motivos.