viernes, abril 19, 2024
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TSJ declara que AN «usurpa funciones» de Nicolás Maduro en materia de relaciones internacionales

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes que la Asamblea Nacional “usurpa” funciones del presidente Nicolás Maduro en materia de relaciones internacionales.

La decisión publicada hoy señala como inconstitucional la llamada “Ley especial para atender la crisis humanitaria en salud” que aprobó el Parlamento de mayoría opositora por considerar que la norma “usurpa” competencias del Ejecutivo en materia de relaciones exteriores.

Esto responde a una solicitud hecha por el jefe de Estado, Nicolás Maduro, que pidió a la Sala Constitucional del TSJ que señalara si esta norma era “constitucional” debido a la “insensatez de los diputados de la oposición” al plantearla y darle visto bueno.

En la sentencia se señala que la ley, aprobada por la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) en su sesión del pasado 3 de mayo, infringe una decena de artículos de la Constitución venezolana, reseña la agencia EFE.

Se indica en la decisión que la norma es “inconstitucional (…) al usurpar competencias atribuidas al Presidente de la República en materia de dirección de la acción de Gobierno en el ámbito de los estados de excepción, así como en materia de relaciones internacionales”.

El fallo del tribunal, que tuvo como ponente a quien hasta hace poco era abiertamente dirigente chavista, Calixto Ortega, consideró que dicha ley pretendía “obligar” al Ejecutivo aceptar cooperación internacional, en medio de la aguda crisis humanitaria que sufre la nación.

De igual modo, añadió que los medicamentos que serían recibidos por Venezuela pudieran “estar en etapa de investigación” o serían fármacos “susceptibles de afectar la salud y de prohibida administración en seres humanos o productos que, pudiendo fabricarse en el país, su libre ingreso afecte a la industria farmacéutica nacional”.

Sumarium  (13/06/2016)

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