miércoles, abril 24, 2024
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TSJ aprueba enjuiciar a siete diputados por los hechos del 30 de abril

La Sala Plena del TSJ decidió comprometer la responsabilidad de siete diputados de la Asamblea Nacional en la comisión flagrante de delitos poro los hechos del pasado 30 de abril.

La nota de prensa  señala que la solicitud fue hecha por el Fiscal General de la República, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La medida recae sobre los diputados: Henry Ramos Allup, Luis Germán Florido, Marianela Magallanes López, José Simón Calzadilla Peraza, Andrés Enrique Delgado Velázquez, Americo De Grazia y Richard José Blanco Delgado.

Se les responsabiliza de cometer los delitos de «Traición a la Patria, Conspiración, Instigación a la Insurrección, Rebelión Civil, Concierto para Delinquir, Usurpación de Funciones, Instigación Pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143, 145, 163, 213, 285, todos del Código Penal, respectivamente y Asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo».

Según el documento, ordena la sentencia de la Sala Plena remitir copia certificada de las actuaciones al Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Sala Constitucional del Alto Juzgado, para su conocimiento y demás fines.

Señala la decisión, con ponencia del magistrado Yván Darío Bastardo Flores, presidente de la Sala de Casación Civil, que en el presente procedimiento, por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes, atendiendo lo dispuesto en la decisión N° 1684, del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional del Alto Tribunal, no procede el antejuicio de mérito de los mencionados ciudadanos, en razón de lo cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal.

Igualmente, se ordena remitir copia certificada del fallo al ciudadano fiscal general de la República, Dr. Tarek William Saab, para que continúe la tramitación de la causa penal correspondiente, observando para ello las debidas garantías procesales y derechos constitucionales previstos en el Código Orgánico Procesal Penal, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República.

Por su parte el Magistrado Danilo Mojica votó en contra y así lo publicó en su cuenta de Twitter “Hoy voté en contra decisión, Sala Plena TSJ, calificación de flagrancia de los Diputados, Ramos Allup, Florido, Blanco, Magallanes, Calzadilla, Delgado y De Grazia; por violentar Antejuicio de Mérito constitucional que los prohijas”, escribió el Magistrado de la Sala Social del TSJ.

La magistrada Godoy, estuvo ausente en la votación y también expresó públicamente su rechazo a la decisión de la Sala Plena del TSJ.

«Hago del conocimiento público que, por estar fuera del país, no asistí a la Sala Plena convocada improntamente en el día de hoy, y cuyo fallo fue igual al de Edgar Zambrano. Hoy, como ayer, rechazó categóricamente los argumentos que sirvieron de fundamento en el mismo», se lee en su TL.

CACTUS24 07-05-19

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