La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), en el marco del Estado de Alarma sanitaria por el coronavirus (COVID-19), ordenó a las instituciones bancarias y compañías emisoras de tarjetas de crédito y débito, suspender el cobro por el servicio de punto de venta a aquellos usuarios que no presenten actividad transaccional o no generen un monto suficiente producto de su actividad transaccional para cubrir los costos operativos del sistema, por un período mayor a 30 días continuos.
Ordenó además implementar mecanismos para la efectiva suspensión del servicio de punto de venta a los usuarios con alguna de las particularidades transacciones descritas, durante el lapso que se mantenga el Estado de Alarma.
En cuanto a los proveedores de puntos de venta deberán abstenerse de efectuar recargos o cobros por estos servicios, en los casos que dichos usuarios no presenten actividad transaccional o no generen un monto suficiente producto de su actividad transaccional para cubrir los costos operativos del sistema, por un período mayor a 30 días continuos.
#Noticia || La Sudeban ordena suspensión de cobros por el servicio de punto de venta a usuarios que no generen actividad transaccional.@NicolasMaduro @minecofinanzas4 @Mippcivzla @sundde_ve @MinComercioN #SupervisandoEnRevolución
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— SudebanInforma (@SudebanInforma) May 5, 2020
Cactus24/05-05-2020