jueves, marzo 28, 2024
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ONGs exigen respeto al derecho a la manifestación pacífica, libertad de detenidos y cese de la represión

Las organizaciones defensoras de derechos humanos que suscriben el presente comunicado, Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) y el Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA), denuncian ante el país y la comunidad internacional el avance de la política de represión implementada por el Estado venezolano en contra de las manifestaciones pacíficas que se han escenificado en regiones del país en los últimos días.

La mayoría de las protestas se han realizado en pequeños poblados. Ello tiene una explicación: en el interior del país la crisis se siente con mayor profundidad sobre todo en los municipios que no son capitales de los estados.

El caos en los servicios públicos ha deteriorado de manera considerable la calidad de vida de la familia venezolana. Cada día es una lucha por sobrevivir ante la escasez de agua, falta de gas doméstico, apagones, ineficiencia en el transporte público.

Las autoridades en lugar de atender los reclamos responden con represión, con lo cual se incrementa el sufrimiento de las familias.

Ante esa situación las dos organizaciones exigimos:

1- Garantizar el pleno cumplimiento y respeto del artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece: “los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”.

2- Libertad plena para las personas detenidas arbitrariamente en el contexto de las manifestaciones pacíficas.
Dar respuesta oportuna y satisfactoria a las personas que exigen servicios básicos y el cese a las irregularidades en la distribución de gasolina.

3- Realizar las investigaciones pertinentes, de manera expedita y oportuna, para establecer responsabilidades y sanciones correspondientes por las denuncias de tratos crueles inhumanos y degradantes, y detenciones arbitrarias y allanamientos ilegales ocurridos durante las manifestaciones.

4-Atender las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos Humanos (OACNUDH) y la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos de Naciones Unidas (MII-ONU) en materia de libertad de asociación y reunión pacífica.

Cactus24/30-09-2020

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