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Chile otorgará “salvoconductos” a venezolanos con pasaportes vencidos

El gobierno de Chile otorgará «salvoconductos» a venezolanos que no cuenten con pasaportes vigentes o para facilitar la reunificación con sus familiares que se encuentran en ese país.

En una resolución emitida por el Ministerio para Relaciones Exteriores, se autorizó a los consulados de Chile para que inicien con los trámites correspondientes, resalta AFP.

Entre los ciudadanos que podrán recibir el beneficio están los cónyuges, personas que mantengan una relación de matrimonio o hijos solteros menores de edad o que estén a su cargo.

Asimismo, la resolución señala que podrá otorgarse salvoconductos a aquellos venezolanos que los soliciten por casos excepcionales y de especial complejidad, cuyas circunstancias ameriten una razón humanitaria.

Sobre las postulaciones para el otorgamiento de la Visa de Responsabilidad Democrática presentadas fuera de Venezuela, la Cancillería indicó que será necesario que el postulante acredite que su estadía en el país donde se encuentre no exceda de nueve días.

Para ello, deberá contar con un certificado de viajes o su equivalente.

Lea el contenido de la Resolución:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.

IMPARTE INSTRUCCIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE SALVOCONDUCTOS

A NACIONALES VENEZOLANOS.

(Resolución)

Núm. 3.042 exenta.- Santiago, 9 de agosto de 2019.

Resuelvo:

I.- Instrúyese a los consulados de Chile en el exterior para otorgar salvoconductos a los venezolanos que no cuenten con pasaporte vigente, o bien, emitido de conformidad a la resolución exenta N° 2.087, para facilitar la reunificación con sus familiares residentes en Chile, ya sea cónyuges, personas con las que mantengan una relación que, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional, produzca efectos equivalentes al matrimonio, o hijos solteros menores de edad o que estén a su cargo.

II.- En casos excepcionales y de especial complejidad, cuyas circunstancias ameriten una razón humanitaria, podrá otorgarse salvoconducto a solicitantes de nacionalidad venezolana que no cuenten con pasaporte vigente, o bien, emitido conforme a la resolución exenta N° 2.087. En dichos casos, el Cónsul enviará a el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, los antecedentes del solicitante cuyo mérito será evaluado por el Director General de la referida Dependencia. Este proceso deberá desarrollarse del modo más expedito que sea posible.

III.- Tratándose de postulaciones para el otorgamiento de la Visa de Responsabilidad Democrática presentadas fuera del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, será requisito que el postulante acredite que su estadía en el país donde efectúa la solicitud no excede de 90 días. Para ello deberá contar con un certificado de viajes o su equivalente en dicho país.

Cactus24 (21-08-2019)

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