El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala de Casación Social decretó una medida cautelar, donde ordena el reinicio de las operaciones productivas de la empresa Servicios Halliburton de Venezuela, S.A..
Según el TSJ la decisión obedece a la petición de la empresa, la cual se formuló en un escrito el 24 de marzo de 2026.
La institución agrega en la decisión que el actual depositario judicial es José Alberto Núñez Gutiérrez. Además, hace mención a la devolución de los bienes muebles e inmuebles embargados y que para ello comisionará al Tribunal en Funciones de Ejecución correspondiente ubicado en la ciudad de Cabimas, estado Zulia.
«En esa misma oportunidad pondrá a la prenombrada empresa en posesión de éstos, bajo su responsabilidad, en calidad de depositaria con facultades de uso, goce y disfrute por tratarse de bienes de carácter estratégico y críticos para la industria de hidrocarburos», reza una parte del texto.
Asimismo, se designó a un veedor judicial que será nombrado por dicha sala, quien deberá levantar un inventario judicial de los bienes muebles e inmuebles objeto de embargo e informar periódicamente a esa sala respecto a la ejecución de la medida.
Además, se comisionó al Tribunal de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas para que materialice la entrega material de los bienes muebles e inmuebles embargados a Halliburton de Venezuela, S.A.
Los bienes serán devueltos «para su uso, goce y disfrute en calidad de depositaria, en estricto cumplimiento de la motiva expuesta en el presente fallo. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas», refiere la misiva firmada y sellada por la Sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
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28 de julio de 2026.



