En Gaceta Oficial N° 40.978 de fecha miércoles 31 de agosto, el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a través de la resolución 014412, estableció los lineamientos y procedimientos que deberán cumplir las personas que realicen operaciones de vuelo de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia, conocidos como «Dron» o «Drone».
El Comando Estratégico Operacional (CEO), a través de la Defensa Aeroespacial Integral (Codai) se encargará de realizar el análisis previo a los trámites correspondientes de las solicitudes para la operación de vuelo.
El texto legal señala además, que los procedimientos establecidos para la solicitud de vuelo, podrán ser efectuados por personas naturales o jurídicas integrantes del sistema de defensa militar, las instituciones y organismos de seguridad ciudadana.
Así mismo indica que se debe aplicar a los drones los criterios de: aprobación, denegación, restricción, cambio y cancelación de cualquier autorización de operación de la aeronave por parte del CEO y el Codai. En el caso de activación de la Zona de Identificación de Defensa Aérea (Zida), quedarán restringidos o prohibidos utilización de dron en el territorio nacional.
Cactus24 (05/09/2016).