El mánager de Cardenales de Lara, Henry Blanco, el coach Oswaldo Peraza y 11 jugadores fueron suspendidos por la Junta Directiva de la Liga Venezolana de Beisbol Profesional (LVBP) tras los hechos violentos ocurridos el 24 de enero en el segundo juego de la final de la campaña 2023-2024.
Durante el compromiso entre Cardenales de Lara y Tiburones de La Guaira, en el estadio Universitario de Caracas, una multitudinaria pelea paralizó las acciones del juego.
Blanco fue suspendido por dos juegos, tras violar el artículo 21, numeral 1° del Código de Ética y Disciplina de La Lvbp, sobre el contacto físico con cualquier árbitro. Mientras que fue multado con 200 dólares por la falta prevista en el artículo 20, ordinal 6°, sobre “uso de lenguaje ofensivo, procaz y ejecute actos contrarios a la moral o buenas costumbres”.
Dentro del roster del equipo crepuscular, los lanzadores Néstor Molina, Luis Rico, José Ascanio y Yapson Gómez, así como el instructor Oswaldo Peraza, tendrán que cumplir cuatro juegos de sanción y pagar 400 dólares de multa, por transgredir las disposiciones de artículo 21, numeral 2°, sobre “contacto físico con cualquier mánager, jugador, coach, fanático o personal de terreno”, así como del artículo 20, ordinal 6°.
Del lado de los escualos, fueron penalizados por cuatro (4) encuentros y con multa de 400 dólares los jardineros Yasiel Puig, Danry Vásquez y Franklin Barreto; los receptores Francisco Arcia y José Briceño; y el lanzador Ricardo Pinto, por los mismos motivos que los peloteros del cuadro larense.
Mientras que el infielder, Maikel Garcia, también fue suspendido por 4 juegos y pagará 400 dólares de multa por violar el artículo 21, numeral 6°, por “falta de probidad, conducta impropia o inadecuada grave” al igual que la “normativa para evitar acciones que vayan en contra del espectáculo”, y el artículo 20, ordinal 6°.
La Lvbp tomó las medidas en base al informe remitido por los árbitros y las pruebas audiovisuales de la transmisión de televisión.
Los peloteros y entrenadores tendrán 24 horas para apelar sus castigos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del Capítulo V del Código de Ética y Disciplina de la LVBP./VF.
Cactus24 (08-03-2024)
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