jueves, diciembre 26, 2024
InicioNacionalesMenores de edad podrán optar por licencias de conducir de tercer grado

Menores de edad podrán optar por licencias de conducir de tercer grado

Los menores de edad pueden optar por licencias de conducir emitidas por el INTT, sin embargo, solo pueden conducir cierto tipo de vehículos, de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Transporte Terrestre.

En el país las licencias se dividen en grados y tipos, cada grado especifica el tipo de auto.

Conducir vehículos no autorizados por el grado de licencia puede desencadenar multas de tránsito.

Licencias para menores de edad


El INTT informa que los jóvenes pueden optar por la licencia de conducir de 2° grado a partir de los 16 años para manejar motocicletas cilindrada hasta ochenta centímetros cúbicos (80 cm3).

Para ello deben de contar con los siguientes recaudos:

Planilla Única de Trámite (PUT)
Presentar Cédula de Identidad Laminada (Vigente)
Certificado Médico Vial (Vigente)
Comprobante de medios de pago
La planilla se llena a través del portal web del INTT, donde también el usuario tramita la cita para la solicitud de la licencia.

Luego de pagar por los canales activos (Banco de Venezuela) se debe fijar la fecha para la cita, donde el interesado deberá de aprobar examen teórico y práctico.

En la cita se presenta con los demás documentos ya especificados.


Requisitos del INTT


El INTT también otorga licencias de Tercer Grado (3°) destinada a personas mayores de 16 y menores de 18 años para conducir carros de transporte privado de hasta nueve puestos.

Asimismo, el joven debe de hacer la solicitud por la página en línea y hacer el pago de los aranceles.

Igualmente, tendrá que realizar correctamente un examen teórico/práctico y cumplir con estos requisitos:

Planilla Única de Trámite.
Cédula de Identidad Laminada vigente.
Fotocopia legible y vigente de la Cédula de Identidad del menor y de su representante legal.
Certificado Médico Vial vigente.


Horario permitido para la conducción del vehículo por el menor: de 5:00 a.m. a 8:00 p.m., según lo establecido en el artículo 204 del reglamento de la Ley de Transporte Terrestre.


Copia notariada de la Autorización del representante legal, asumiendo responsabilidad por cualquier daño causado por el menor al conducir el vehículo. Debe incluir las características del automóvil asignado: clase, modelo, marca, placa, color, año, capacidad, uso, tipo y serial del motor.
Comprobante de medios de pago.

Cactus24//17-02-2024

Abre este enlace para unirte a Telegram y Facebook

Lo más popular