El Gobierno de Panamá anunció que otorgará un Permiso Temporal de Protección por dos años, para quienes estén en situación irregular.
Durante ese tiempo, publicó el jueves 13 de julio de 2023 Efecto Cocuyo, “las personas beneficiadas podrán residir en el territorio panameño y deberán cumplir con las obligaciones tributarias, de seguridad social, sanitarias y legales en general que demanden su actividad”.
El artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nº 112 señala: “Se crea el Permiso Temporal de Protección, al que pueden optar todas las personas extranjeras, sin distingo de nacionalidad que, a la entrada en vigencia del presente Decreto Ejecutivo, se encuentren irregulares dentro del territorio nacional y hayan permanecido en el país por un periodo no menor de un (1) año, sin haber iniciado proceso migratorio, como un estatus migratorio de protección temporal en la República de Panamá”.
El permiso se otorgará de forma individual a cada migrante.
Requisitos para solicitar el Permiso Temporal de Protección en Panamá
En su Artículo 2 el referido decreto expone los requisitos que deben cumplirse por parte de las personas extranjeras interesadas en optar al Permiso Temporal de Protección,
- Poder y solicitud;
- Dos (2) fotos tamaño carnet;
- Completar el Pre Registro Único. de Extranjería (RUEX) o actualizarlo según cada caso;
- No tener trámite migratorio vigente ante el Servicio Nacional de Migración;
- Copia simple del pasaporte, la que deberá ser cotejada con el original al momento de la presentación;
- Comprobante del domicilio del solicitante;
- Certificación de Antecedentes Penales que, en caso de solicitantes menor de edad, se exceptuará de la presentación de este requisito. Ese certificado será emitido por la Dirección de Investigación Judicial de la Policía Nacional de Panamá, indicó Efecto Cocuyo.
- Declaración Notarial Jurada, para acreditar la fecha de ingreso al territorio nacional, en caso que aplique;
- Constancia de trámite de permiso de trabajo realizada ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral;
- En caso que la persona extranjera solicitante sea menor de edad el poder deberá ser otorgado por uno de sus padres o su tutor legal, acompañado del documento que compruebe el parentesco.
El Servicio de Migración de Panamá comprobará la legitimidad de cada uno de los documentos (requisitos) entregados.
Adicional a los requisitos señalados en ese Decreto Ejecutivo, el extranjero debe saber que puede ser sometido a entrevista o evaluación por parte del Servicio Nacional de Migración, con el fin de determinar si procede o no el Permiso de Protección Temporal.
Medidas y seguridad
Al explicar el porqué surge este Permiso de Protección Temporal, el Ejecutivo de Panamá refiere que se da en el contexto humanitario, de protección a la vida y de los derechos humanos de las personas migrantes.
“Luego de un análisis profundo, en el que se ponderaron temas de seguridad nacional y de combate al crimen organizado transnacional, acorde con las políticas migratorias vigentes y aplicables para todas las nacionalidades sin fueros ni privilegios; surge la necesidad de adoptar medidas temporales adicionales que brinden un Estatus Migratorio Temporal de Protección a la población migrante irregular, que se encuentran en condición irregular, invisibilizados y en alto nivel de vulnerabilidad, sujetas a las dinámicas de riesgos y peligros a las que están expuestas, productos de los flujos migratorios irregulares que cada día se incrementan y especialmente vulnerables ante el tráfico ilícito de migrantes y las distintas modalidades de trata de personas”, señala el texto oficial.
Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir al día siguiente de su promulgación, firman el presidente panameño, Laurentino Cortizo, y el ministro de Seguridad Pública, Juan Manuel Pino.///ElUniverso
CACTUS24 17-07-23
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