jueves, mayo 2, 2024
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¿Es legal grabar y difundir las actuaciones policiales?

Cuando en una actuación policial un agente está cometiendo un abuso de poder o está errando en los ejercicios de sus funciones, muchas personas deciden grabar la situación como prueba.

“Hey, tú, no puedes grabar. Mira que yo soy policía y no me pueden ver la cara”… “Borra lo que grabaste o te meto preso y te decomiso los equipos”… “Te dije que no puedes grabar, dame acá”, este dialogo es frecuente en aquellos casos cuando algún funcionario se opone a una grabación en cualquier espacio público, pero las autoridades señalan que esta acción es un “abuso de autoridad”.

La Policía no puede sacar, tapar y/o censurar los celulares de las personas que graban su actuar. Tampoco puede ordenar que las personas dejen de filmar. Esos funcionarios realizan un acto de censura de un derecho constitucional.

Los organismos de la administración publica tiene el deber de respetar el derecho a ser filmarlos sin entorpecer su accionar, sea en un espacio público y/o privado.

Los actos de la Policía son públicos siempre sean en espacio público y/o privado. Un abuso policial en un espacio privado vuelve público ese acto inmediatamente por la afectación de terceros.

Cualquier persona puede documentar a través de audios, fotos o vídeos la actuación de un policía o cualquier funcionario, cuando por ejemplo: Pretenda detener a una persona o proceda a hacer la inspección de un vehículo.

Directivos de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (Cicpc) aclaran que todo ciudadano está en el derecho de usar sus aparatos móviles para grabar y dejar pruebas de alguna irregularidad, por lo que consideran que “no se trata de un delito grabar a ciudadanos o funcionarios que estén en la vía pública”.

Cactus24//21-06-2022

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