El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reprendió el jueves a España por tener un apartado en su legislación que excluye a las trabajadoras del hogar, casi exclusivamente mujeres, de las prestaciones por desempleo.
Dicha disposición, que impide a las empleadas del hogar cotizar en el sistema de protección social dedicado a las ayudas por desempleo, «es contraria al derecho» europeo, estimó el TJUE en su decisión.
«Esta exclusión constituye una discriminación indirecta por razón de sexo en el acceso a las prestaciones de seguridad social», toda vez que la mayor parte de las afectadas son mujeres, según la justicia europea.
El fallo se da a solicitud de una trabajadora del hogar española, afiliada desde 2011 al sistema de protección social específico de este sector, y que quería poder cotizar para el desempleo.
Su solicitud, apoyada por su empleador, fue rechazada por la justicia administrativa española, que la consideró contraria a la legislación laboral.
En la audiencia en el TJUE, las autoridades españolas alegaron que la disposición estaba «ligada a las peculiaridades de este sector profesional» que respondía a «objetivos de mantenimiento de las tasas de empleo y de lucha contra el trabajo ilegal y el fraude a la seguridad social».
Pero la justicia europea consideró que «la normativa española parece ir más allá de lo necesario para lograr los objetivos mencionados» y la «exclusión entraña una mayor desprotección social de los empleados de hogar, que se traduce en una situación de desamparo social».
Según el tribunal, las mujeres representan más del 95% de las empleadas del hogar en España.
Cactus24 24-02-22