El abogado Humberto Millán aclaró que el Decreto 4577 solo suspende el pago de alquileres y desalojos en inmuebles comerciales y viviendas principales o de uso familiar hasta el mes de octubre.
Explicó que este decreto busca proteger a las personas y empresas afectadas por las restricciones que ha impuesto la pandemia, aunque esto no quiere decir que otras causales para desalojos no pueden ejecutarse.
Precisó que, por ejemplo, una demanda de desalojo por término de contrato puede seguir adelante.
Millán indicó, además, durante una entrevista con Globovisión que el decreto no aplica para los inmuebles de tipo industrial o aquellos que sirven de consultorio médico.
Cactus24 27-04-21