El Gobierno colombiano rechazó este lunes el «llamamiento urgente» de relatores especiales de la ONU para que no retome las aspersiones aéreas de cultivos ilícitos con glifosato al considerar que los firmantes de esa petición están prejuzgando al Estado.
«El Estado colombiano no ha iniciado las aspersiones aéreas. Por lo tanto, en su respuesta, la Cancillería rechaza, con base en las normas que regulan el mandato de los relatores, que éstos acudan a la figura del Llamamiento Urgente», señaló el Ministerio de Relaciones Exteriores en un comunicado.
Según la información, el «llamamiento urgente» es una figura «que sólo procede ‘en los casos en que las presuntas violaciones requieran medidas perentorias por entrañar pérdidas de vidas humanas’, situaciones que pongan en peligro la vida o un daño inminente o continuo de mucha gravedad para las víctimas'».
La carta de los diez relatores especiales de la ONU al presidente colombiano, Iván Duque, con fecha del 17 de diciembre de 2020 y conocida ayer, esta firmada por la relatora especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, Mary Lawlor, y por el relator especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, José Francisco Calí Tzay, entre otros.
En la misiva los firmantes dicen que las aspersiones aéreas se realizarían en «un contexto de violencia sistemática contra los pueblos indígenas y afrocolombianos y las personas defensoras de los derechos humanos que trabajan protegiendo el derecho a la salud y al medioambiente en el país».
La información de la Cancillería recuerda que el Estado colombiano no ha iniciado las aspersiones aéreas, suspendidas desde 2015, pues para hacerlo se deben cumplir seis condiciones impuestas por la Corte Constitucional.
En el documento, la Cancillería también subraya que el «Estado rechaza que los relatores prejuzguen y afirmen, sin una base cierta, que cualquier decisión del Gobierno de Colombia sobre este tema ‘no cumpliría con las condiciones establecidas en la sentencia (…) de la Corte Constitucional, ni tampoco con las obligaciones internacionales en la materia'».
Agregó que «el llamamiento urgente que hacen los procedimientos especiales no cumple con los requisitos establecidos en el código de conducta que rige el desempeño de su mandato» como relatores.
La Cancillería añade que por esa razón «el Estado se abstendrá de formular comentarios adicionales a los ya expuestos».
En 2014, una sentencia de la Corte Constitucional colombiana ordenó la suspensión de las aspersiones aéreas luego de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluyera al glifosato entre los herbicidas que pueden causar cáncer en humanos.
A mediados de 2015, durante el Gobierno de Juan Manuel Santos, el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) acató la sentencia del alto tribunal que dos años después emitió un nuevo fallo en el que estableció que sería posible reanudar las aspersiones aéreas si una investigación científica, de forma «objetiva y concluyente, demuestra la ausencia de daño para la salud y el medioambiente».
Cactus24 09-03-21