viernes, diciembre 20, 2024
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Niegan al diputado Edgar Zambrano juramentar a su defensa

Persisten las irregularidades en el caso del primer vicepresidente de la Asamblea Nacional (AN), Edgar Zambrano, debido a las acciones de la jueza a cargo.

El Tribunal 2 de control con competencia en materia de Terrorismo ahora negó la posibilidad de que el parlamentario juramente a su defensa privada, tras más de 100 días a la espera de despacho.

A través de las redes sociales, el diputado de Acción Democrática indicó que permanece “en estados de indefensión” debido a que el Tribunal no les permitió juramentar a su defensa privada. A las otras cuatro personas que también fueron apresadas con Zambrano tampoco se les permitió esta acción.

El diputado Edgar Zambrano fue detenido el 8 de mayo en horas de la noche cuando salía de la sede de su partido, del cual es vicepresidente. El Tribunal Supremo de Justicia había emitido una sentencia días antes, donde solicitaba a la asamblea constituyente que allanase su inmunidad parlamentaria, junto a otros siete parlamentarios, por su vinculación en los sucesos del 30 de abril.

Durante su audiencia de presentación, Zambrano fue imputado por los presuntos delitos de traición a la patria, conspiración, rebelión civil, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada. Estuvo recluido en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) hasta el 10 de mayo, cuando fue trasladado hasta la sede de la Policía Militar en Fuerte Tiuna, y su custodia pasó a manos de la Dirección general de Contrainteligencia Militar (Dgcim).

En esa audiencia, que fue a altas horas de la noche, al diputado no se le permitió llamar a sus abogados privados y le fue designada una defensa pública. Luego de eso, el tribunal no dio despacho, por lo que la juramentación de su equipo defensor, conformado por los abogados Francisco Banchs, Morris Sierralta y Magaly Vásquez; no se puedo realizar por falta de despacho.

Además, el diputado está a la espera de su audiencia preliminar. La ley establece que debe ser fijada entre 15 y 20 días luego del acto conclusivo, pero no se ha cumplido. Esta misma situación la padecen Pedro Rosario, Abraham Rodríguez, Martín Hernández y Luis Peña, que son acusados por el Ministerio Público por los delitos de asociación y obstrucción.

Ninguno de los abogados ha podido tener acceso al expediente y las actas, por tanto, desconocen cuáles son las pruebas del Ministerio Público para solicitar la imputación de estos delitos./Runrun.es.

Cactus24 (11-09-2019)

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