Con ponencia del presidente del Tribunal Supremo de Justicia, magistrado Maikel Moreno, la Sala de Casación Penal, declaró procedente la solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano Enzo Franchini Oliveros, para ser sometido a un proceso penal en Venezuela por la presunta comisión de los delitos de instigación pública y homicidio intencional calificado, en su orden, previstos y sancionados en los artículos 283 y 406 numeral 1 del Código Penal.
Los hechos que originaron el presente caso ocurrieron el 20 de mayo de 2017, cuando presuntamente Enzo Franchini Oliveros, en plena vía pública, golpeó, causo heridas punzo cortantes con un cuchillo y luego roció gasolina y prendió fuego al ciudadano Orlando Figuera, quien falleció en un hospital días después del hecho como consecuencia de las heridas.
La sentencia N° 155-2019 de la Sala de Casación Penal indica, entre otros aspectos, que del análisis de la documentación que consta en el expediente se evidencia que, en el presente caso, además de los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en la República Bolivariana de Venezuela.
Agrega la decisión del Alto Tribunal venezolano que Franchini Oliveros será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión de los delitos mencionados, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Cactus24 (22-07-2019)